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«El cuerpo de delegados nos traicionó»

Cesar Ricardo Riveros trabajaba como Operario Especializado desde el año 2003 en Fundición San Cayetano S.A., una empresa metalúrgica que se encuentra en el Parque Industrial Burzaco.
Con el fin de lograr mejores condiciones de trabajo para él y sus compañeros, Riveros se involucró con la actividad gremial en la empresa, postulándose como Delegado y siendo elegido para cumplir dicha tarea en el cuerpo de delegados en el año 2007. Siendo luego reelegido en los años 2008, 2009 y 2010.
Por los reclamos efectuados a la empresa Riveros empezó a sufrir persecución gremial, se lo sancionaba y suspendía por cuestiones mínimas como correrse en barbijo para respirar aire fresco, no pudiendo la empleadora despedirlo en razón de encontrarse Riveros dentro del periodo protectorio por su calidad de delegado gremial.

EL DESPIDO DISCRIMINATORIO:
El art. 1 de la Ley 23.592°establñece que “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados.
A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.”
En tal sentido Riveros y Loza se encuentran reclamando judicialmente por el despido discriminatorio del que fueron víctimas, solicitando la reinstalación de ambos a sus puestos de trabajo, el pago de los salarios caídos desde que fueron cesanteados y la indemnización por el daño moral ocasionado.

barricadatv@gmail.com

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